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Etiquetado Contaluz

Guía · 31/10/2026

Tamaño de letra, fechas, lote, marca de identificación e idioma en la etiqueta del pescado

Cinco detalles de forma que deciden si una etiqueta pasa una inspección: la altura de la letra, qué fecha va y cómo se rotula, el lote, el óvalo de la marca de identificación y el idioma. Cada uno con el artículo que lo exige.

Tamaño mínimo de letra

[…] las menciones obligatorias enumeradas en el artículo 9, apartado 1, se imprimirán en el envase o en la etiqueta de manera que se garantice una clara legibilidad, en caracteres que utilicen un tamaño de letra en el que la altura de la x, según se define en el anexo IV, sea igual o superior a 1,2 mm.
Reglamento (UE) 1169/2011, artículo 13.2

Solo baja a 0,9 mm si la cara mayor del envase mide menos de 80 cm² (artículo 13.3), que no es el caso de una caja de pescado. Lo que se mide es la altura de la letra «x» impresa, no el «tamaño de fuente» del programa: hay que medirla en la etiqueta impresa. La Comisión aclara que también se aplica a la palabra «descongelado».

Las fechas

  • Fecha de caducidad en lo muy perecedero: pescado y marisco frescos, cocidos refrigerados y elaborados refrigerados (artículo 24). Se escribe «Fecha de caducidad: día/mes/año», junto a las condiciones de conservación (anexo X, punto 2). La AESAN pone el pescado fresco como ejemplo de producto con fecha de caducidad.
  • Fecha de consumo preferente en lo congelado: «Consumir preferentemente antes del…».
  • Fecha de congelación en el pescado y el marisco congelados sin transformar, con esa expresión exacta: «Fecha de congelación: día/mes/año», sin códigos (anexo III, punto 6, y anexo X, punto 3). Si se congeló dos veces, la de la primera congelación. Un cocido congelado no la necesita (es transformado), aunque puede ponerse de forma voluntaria.
  • Bivalvos vivos: la fecha puede sustituirse por la frase «Estos animales deben estar vivos en el momento de su venta» (Reglamento (CE) 853/2004, anexo III, sección VII, capítulo VII). Más en la guía de moluscos bivalvos vivos.

¿El pescado fresco lleva fecha de caducidad o de consumo preferente? De caducidad. El artículo 24.1 la exige en los alimentos microbiológicamente muy perecederos, y la guía de bolsillo de la Comisión muestra una caballa fresca con «Fecha de caducidad». Lo congelado lleva consumo preferente.

El lote

Irá precedida de la letra «L», salvo en los casos en que se distinga claramente de las demás indicaciones del etiquetado.
Real Decreto 1808/1991, artículo 3

Escribir «Lote: …» ya lo distingue claramente. El Real Decreto 1808/1991 permite no poner lote si la fecha lleva día y mes (artículo 5). Pero en la pesca esa dispensa no sirve en la práctica: la trazabilidad del artículo 58 del Reglamento (CE) 1224/2009 exige el número de lote y que los lotes estén marcados. El lote va siempre.

La marca de identificación (el óvalo)

  1. La marca deberá indicar el nombre del país en el que esté ubicado el establecimiento, que podrá figurar con todas sus letras o abreviado en un código de dos letras […] 7. La marca deberá indicar el número de autorización del establecimiento. […] 8. Las marcas fijadas en establecimientos situados en la Unión deberán tener una forma oval y contendrán la abreviatura de Unión Europea […]
    Reglamento (CE) 853/2004, anexo II, sección I, parte B
  • Formato del número según la guía del Registro General Sanitario (RGSEAA) de la AESAN: clave del sector, un punto, los dígitos, una barra y la provincia. Por ejemplo (ficticio): ES 12.123456/H UE. Con coma, «12,123456/H», no coincide con el formato del registro.
  • «UE» es la abreviatura que pide el anexo II. «CE» se tolera hasta el 31/12/2028 (nota de la AESAN de 04/12/2024). Conviene poner ya «UE».
  • Si se desembala, se reenvasa o se transforma en otro establecimiento, se pone la marca de ese establecimiento (anexo II, sección I, parte A, punto 2). En los bivalvos, la marca es la del centro que los embala y expide.

El idioma

Todo lo obligatorio, al menos en castellano (Real Decreto Legislativo 1/2007, artículo 18.3; Real Decreto 1334/1999, artículo 18; y Real Decreto 126/2015, artículo 10, para lo no envasado). Se puede añadir cualquier otro idioma.

Lo que exige el pescado además

El Reglamento (UE) 1379/2013 añade la zona con su nombre y la categoría de arte. Lo tienes en las guías de la zona FAO y del arte de pesca, y el control oficial del MAPA pide nombres, no números.

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