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Unión Europea · Norma

Reglamento (CE) 218/2009: los límites de las divisiones de la zona FAO 27 que van en la etiqueta

Las estadísticas de capturas del Atlántico nordeste. Su anexo III fija los límites y nombres de las subzonas y divisiones de la zona FAO 27 («Aguas portuguesas - este, División IX a», «Golfo de Cádiz»…), que son los que el artículo 38 del Reglamento (UE) 1379/2013 obliga a escribir en la etiqueta.

Lo que más se usa

Artículos y puntos clave.

  • Anexo II: lista de las subzonas y divisiones estadísticas del Atlántico nordeste
  • Anexo III: descripción de los límites de cada subzona y división

Más de Unión Europea.

Reglamento (UE) 1169/2011

Información alimentaria facilitada al consumidor

La norma general de información al consumidor, válida para cualquier alimento. Fija las menciones obligatorias (denominación, ingredientes, alérgenos destacados, cantidad neta, fechas, conservación, operador), el tamaño mínimo de letra, la información nutricional de lo transformado y, en el pescado congelado sin transformar, la «Fecha de congelación».

Reglamento (UE) 1379/2013

Organización común de mercados de la pesca y la acuicultura

Lo propio del pescado y el marisco sin transformar: denominación comercial y nombre científico, «capturado», «capturado en agua dulce» o «de cría», la zona de captura con su nombre, la categoría de arte de pesca, «descongelado» cuando procede y las reglas de la información voluntaria.

Reglamento (CE) 853/2004

Higiene de los alimentos de origen animal

La marca de identificación ovalada de los establecimientos autorizados y la etiqueta de los moluscos bivalvos vivos: resistente al agua, con la especie y su nombre científico, la fecha de embalado y la mención «estos animales deben estar vivos en el momento de su venta». El minorista guarda esa etiqueta 60 días.