Unión Europea · Norma
Reglamento de Ejecución (UE) 931/2011: los datos de trazabilidad que acompañan al pescado entre empresas
Desarrolla la trazabilidad del artículo 18 del Reglamento (CE) 178/2002 para los alimentos de origen animal: la descripción del alimento, su volumen o cantidad, el operador que lo expide y el que lo recibe, el lote y la fecha de expedición, disponibles hasta que se entregan.
Lo que más se usa
Artículos y puntos clave.
- Art. 3.1: la información que se pone a disposición del operador siguiente (descripción, cantidad, remitente, destinatario, lote, fecha)
- Art. 3.3: se actualiza a diario y se conserva hasta que el alimento se haya consumido