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Unión Europea · Norma

Reglamento de Ejecución (UE) 931/2011: los datos de trazabilidad que acompañan al pescado entre empresas

Desarrolla la trazabilidad del artículo 18 del Reglamento (CE) 178/2002 para los alimentos de origen animal: la descripción del alimento, su volumen o cantidad, el operador que lo expide y el que lo recibe, el lote y la fecha de expedición, disponibles hasta que se entregan.

Lo que más se usa

Artículos y puntos clave.

  • Art. 3.1: la información que se pone a disposición del operador siguiente (descripción, cantidad, remitente, destinatario, lote, fecha)
  • Art. 3.3: se actualiza a diario y se conserva hasta que el alimento se haya consumido

Más de Unión Europea.

Reglamento (UE) 1169/2011

Información alimentaria facilitada al consumidor

La norma general de información al consumidor, válida para cualquier alimento. Fija las menciones obligatorias (denominación, ingredientes, alérgenos destacados, cantidad neta, fechas, conservación, operador), el tamaño mínimo de letra, la información nutricional de lo transformado y, en el pescado congelado sin transformar, la «Fecha de congelación».

Reglamento (UE) 1379/2013

Organización común de mercados de la pesca y la acuicultura

Lo propio del pescado y el marisco sin transformar: denominación comercial y nombre científico, «capturado», «capturado en agua dulce» o «de cría», la zona de captura con su nombre, la categoría de arte de pesca, «descongelado» cuando procede y las reglas de la información voluntaria.

Reglamento (CE) 853/2004

Higiene de los alimentos de origen animal

La marca de identificación ovalada de los establecimientos autorizados y la etiqueta de los moluscos bivalvos vivos: resistente al agua, con la especie y su nombre científico, la fecha de embalado y la mención «estos animales deben estar vivos en el momento de su venta». El minorista guarda esa etiqueta 60 días.