Unión Europea · Norma
Reglamento (CE) 1333/2008: los sulfitos en crustáceos y cefalópodos y sus dosis máximas
Los aditivos autorizados y sus dosis máximas. Para el marisco, los sulfitos (E 220 a E 228) contra la mancha negra de los crustáceos: los límites del anexo II en mg/kg de SO₂ en las partes comestibles, distintos para fresco, congelado y cocido.
Lo que más se usa
Artículos y puntos clave.
- Anexo II, parte E, categoría 09.1.2 y 09.2: sulfitos en crustáceos y cefalópodos
- Art. 23: etiquetado de los aditivos que se venden al profesional
- Anexo II, categoría 09.2: productos de la pesca transformados